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Proceso penal

Proceso penal

La División Penal tiene jurisdicción sobre delitos mayores, delitos menores y algunas infracciones. Vea los siguientes puntos con una breve explicación del proceso penal y lo que puede hacer para prepararse para su audiencia.

Audiencias en la corte y obtención de un abogado

Llegada a la corte

Debe planear llegar temprano a su comparecencia programada en la corte. El estacionamiento es muy limitado en la corte de Salinas. También tiene que prever tiempo para pasar el control de seguridad de la entrada.

Revisión de la lista del calendario judicial

A su llegada, busque su nombre en el tablero central de calendarios judiciales situado detrás del control de seguridad para determinar en qué sala de audiencias comparecerá. Si no encuentra su nombre en el calendario judicial, comuníquese con la oficina del secretario para obtener más instrucciones.

Si tiene abogado, este podrá hablar con usted antes de la audiencia. Esta es una oportunidad para que le haga a su abogado cualquier pregunta de última hora.

Antes de entrar en la sala de audiencias

El alguacil anunciará cuando se abra la sala de audiencias para la sesión de la corte y le proporcionará instrucciones.

Entrada a la sala de audiencias

Al llegar a la sala de audiencias, el alguacil hará cumplir las siguientes reglas:

  • Los teléfonos celulares tienen que estar apagados mientras se esté en la sala de audiencias;
  • No se permite entrar con alimentos o bebidas a la sala de audiencias;
  • No se puede llevar sombreros ni lentes de sol, y no está permitido masticar chicle, y
  • Usted tiene que mantener un comportamiento profesional y abstenerse de interrumpir el proceso.

Cuando su caso sea llamado:

  • Cuando le llamen por su nombre, levántese rápidamente y camine hacia delante cuando le indique el alguacil, y asegúrese de mantener las manos fuera de sus bolsillos.
  • Siempre es importante mostrar respeto por la corte. Responda las preguntas del juez con voz audible y clara. Los abogados se dirigen al juez como "Su señoría". Como acusado, también puede dirigirse al juez como "Su señoría".

Todos los acusados en audiencias penales tienen el derecho constitucional a la representación legal. Muchos acusados contratan los servicios de un abogado privado y le pagan directamente. Para los acusados que no puedan pagar un abogado privado, se les pedirá llenar un formulario de Declaración financiera para ayudar al juez a determinar si es elegible financieramente para los servicios de defensa para indigentes. Antes del comienzo de la sesión de la corte, el alguacil anunciará que las personas que soliciten un abogado designado por la corte tendrán que llenar un formulario de Declaración financiera antes de que su nombre sea llamado por el juez. El juez nombrará un abogado para cualquier acusado elegible que necesite representación a través de la oficina del Defensor Público o de la oficina del Defensor Público Suplente.

La corte no puede recomendarle un abogado. El día de su comparecencia en la corte se le proporcionará información sobre opciones de abogados de bajo costo o sin costo para las personas que califican.

Proceso de los casos por delitos menores y delitos mayores

Lectura de cargos de delitos menores

En una lectura de cargos por delitos menores, el acusado se declara culpable, sin disputa o no culpable.

Cuando se presente una declaración de culpabilidad o sin disputa, se le preguntará al acusado si desea que se le sentencie inmediatamente o regresar otro día para que se le imponga la sentencia. Se dará al acusado la oportunidad de contarle al juez cualquier circunstancia atenuante en torno a los cargos que pueda afectar a la sentencia.

Cuando se hace una declaración de no culpabilidad, se le pregunta al acusado si contratará un abogado, si se representará a sí mismo o si solicitará un abogado designado por la corte. Si el acusado solicita un abogado designado por la corte, el juez revisará el formulario de Declaración financiera llenado y determinará si el acusado reúne los requisitos.

  • Si el acusado no reúne los requisitos, el caso será pospuesto para una "lectura de cargos adicional" para proporcionarle la oportunidad de comunicarse con un abogado privado.
  • Si el acusado reúne los requisitos, el juez designará al defensor público y el caso se pasará en 2 a 3 semanas a una conferencia previa al juicio.

Conferencia previa al juicio

Una conferencia previa al juicio es una reunión con el juez, el fiscal de distrito (fiscal) y el abogado defensor para discutir el acuerdo del caso. En los casos complejos, la conferencia previa al juicio se celebra para discutir asuntos constitucionales (confesiones, registros, identificación, etc.). Estos asuntos se presentan generalmente a la corte a través de "mociones" escritas (por ejemplo, Moción para suprimir pruebas, etc.).

Juicio (juez o jurado)

Un juicio es un proceso en el que el fiscal tiene que presentar pruebas para probar la culpabilidad del acusado más allá de toda duda razonable. El fiscal llama a testigos y presenta otras pruebas para probar el delito, y el abogado defensor puede interrogar a esos testigos y también presentar testigos y otras pruebas para apoyar la defensa. Tanto el acusado como el fiscal tienen derecho a un juicio con jurado. A veces ambas partes acuerdan que un juez escuche las pruebas y decida el caso sin un jurado, a lo que se llama "juicio ante un juez". En un juicio con jurado, el jurado es el que "juzga los hechos"; en un juicio ante un juez, el juez es el que "juzga los hechos". Una vez presentadas las pruebas, el que "juzga los hechos" determinará si las pruebas demostraron que el acusado cometió el delito más allá de toda duda razonable. Si el acusado es declarado no culpable, el caso termina. Si el acusado es declarado culpable, se fijará una fecha para la imposición de la condena.

Imposición de la condena

En el momento de la imposición de la condena, el juez considerará los hechos del caso para determinar la condena adecuada. El juez consultará las "pautas de sentencia", que ayudan a la corte a decidir una condena apropiada y puede considerar alternativas, como multas, condena condicional o una condena en la cárcel del condado. El juez también tiene que ordenar al acusado que restituya a las víctimas que hayan sufrido alguna pérdida.

Lectura de cargos por delitos mayores

En una lectura de cargos por delitos mayores, el acusado se declara culpable, sin disputa o no culpable. Se informa al acusado de su derecho a una audiencia preliminar en los 10 días judiciales siguientes a la lectura de cargos. Si el acusado solicita un abogado designado por la corte, el juez revisará esa solicitud en el momento de la lectura de cargos.

Audiencia preliminar

Se trata de una audiencia disputada con un juez, a veces llamada "audiencia de motivo fundado". El fiscal presenta testigos para establecer que existe motivo fundado para creer que se cometió un delito y que el acusado lo cometió. Dado que la carga de la prueba es mucho menor que la que se requiere en un juicio, el fiscal no suele llamar a testificar a todos los testigos potenciales en la "preliminar"; por lo general, pueden testificar la víctima, los testigos oculares y los agentes encargados de la investigación del caso. El abogado del acusado puede contrainterrogar a los testigos, llamar a testigos y presentar pruebas. Si se establece el motivo fundado, el acusado es "consignado" o "consignado para ser enjuiciado". Si el juez decide que no hay motivo fundado de que el acusado cometiera el delito, el cargo puede ser desestimado o reducido a un delito menor. Un acusado puede decidir renunciar a la audiencia preliminar. Si esto ocurre, el caso pasará directamente a la lectura de cargos.

Lectura de cargos (acusación formal)

Después de que el caso sea "consignado" o "consignado para ser enjuiciado", se vuelve a leer los cargos al acusado (se le notifican formalmente los cargos que se le imputan). El documento de los cargos se llama acusación formal. Se le informa de nuevo de sus derechos constitucionales y hace una declaración de los cargos (no culpable, culpable o sin disputa).

Conferencia previa al juicio

Al igual que en los delitos menores, el juez está llamado a resolver varios asuntos previos al juicio, algunos de los cuales determinan si el caso continuará a un juicio, se resolverá con una declaración o se desestimará.

Juicio (juez o jurado)

Un juicio es un proceso en el que el fiscal tiene que presentar pruebas para probar la culpabilidad del acusado más allá de toda duda razonable. El fiscal llama a todos los testigos necesarios. Tanto el acusado como el fiscal (que representa al pueblo del estado de California) tienen derecho a un juicio con jurado. A veces ambas partes acuerdan dejar que un juez escuche las pruebas y decida el caso sin un jurado, a lo que se llama "juicio ante un juez". En un juicio con jurado, el jurado es el que "juzga los hechos"; en un juicio ante un juez, el que "juzga los hechos" es el juez. Una vez presentadas las pruebas, el juez o un jurado determinará si las pruebas demostraron que el acusado cometió el delito. Si el acusado es declarado no culpable, el caso termina. Si el acusado es declarado culpable, se fijará una fecha para la imposición de la condena.

Investigación e informe previos a la sentencia

El Departamento de Condena Condicional prepara un informe para el juez en el que resume el delito y los antecedentes personales y penales del acusado. Por lo general, se contacta a la víctima para obtener una recomendación de sentencia. El funcionario de condena condicional concluye el informe con una condena recomendada.

Imposición de la condena

En el momento de la imposición de la condena, el juez tendrá en consideración la información contenida en el informe previo a la sentencia antes de determinar la condena. Las partes pueden ofrecer pruebas adicionales pertinentes para la decisión del juez sobre la imposición de la condena. El juez consultará las "pautas de sentencia", que ayudan a la corte a decidir la condena adecuada. El juez puede considerar diferentes alternativas, como una multa, condena condicional, una condena en la cárcel del condado o en prisión, o una combinación de ellas. El juez también tiene que ordenar al acusado que restituya a las víctimas que hayan sufrido pérdidas físicas o financieras.

Casos de violencia en el hogar

Los casos de violencia en el hogar requieren de especialización y eficiencia para poder manejar el creciente número de casos de violencia en el hogar que se presentan en el condado.

Una diferencia significativa en la corte de violencia en el hogar es que al acusado se le puede hacer la entrega legal de una Orden de protección penal. Una orden de protección penal es una orden de restricción que ordena al acusado mantenerse alejado de la(s) presunta(s) víctima(s) junto con otras condiciones.

Para obtener información adicional sobre otros tipos de órdenes de restricción, visite la sección Centro de ayuda de la corte.

¿Qué es una orden de protección penal? (CPO, por sus siglas en inglés)

Una orden de protección penal por violencia en el hogar es una orden de restricción emitida conforme a la Ley de Prevención de Violencia en el Hogar. Esta ley fue aprobada para proteger a las víctimas de violencia en el hogar.

El juez puede ordenar una orden de protección penal para proteger a la(s) víctima(s) que tenga(n) una relación con el acusado y que encaje en una de las siguientes categorías:

  • Pariente
  • Viven juntos
  • Pariente por matrimonio
  • Hijos en común
  • Están saliendo

Requisitos de la imposición de la condena:

La sección 1203.97 del Código Penal exige que si a una persona se le concede condena condicional por un cargo relacionado con el hogar, como se define en la sección 6211 del Código de Familia, los términos de la condena condicional incluirán:

  • Un periodo mínimo de condena condicional de 36 meses, que puede incluir un periodo de condena condicional formal. La condena condicional formal requiere que el acusado se presente con un funcionario de condena condicional;
  • Una orden de protección de la corte penal que proteja a la víctima de nuevos actos de violencia, amenazas, acecho, abuso sexual y acoso y, si procede, que contenga condiciones de exclusión de la residencia o de alejamiento;
  • Cárcel o prisión (en función de si el cargo es un delito menor o un delito mayor);
  • Participación en un programa de tratamiento de agresores de 52 semanas, con informes periódicos del progreso a la corte por parte del programa;
  • Pagar las cuotas al Fondo de reembolso de órdenes de restricción por violencia en el hogar, al Fondo de capacitación y educación contra la violencia en el hogar y a un Fondo de restitución a víctimas, y
  • Otras órdenes de la corte requeridas por estatuto o que se estimen necesarias.

Para eliminar una orden de protección penal

Si usted es la persona protegida, comuníquese con la oficina del Fiscal de Distrito – Víctima, Unidad de Asistencia a Testigos, para que le ayuden.

Si usted es el acusado, comuníquese con su abogado o programe una fecha de comparecencia en la corte para solicitar que se modifique la Orden de protección penal.

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¿Qué pasa si me ordenaron cumplir una condena condicional?

¿Qué es la condena condicional?

La condena condicional es una opción de condena para delitos menores o delitos mayores en los que el juez no imponga la pena máxima por el delito cometido. Cuando se concede condena condicional, se permite al acusado seguir siendo un miembro de la comunidad y cumple solo una parte de la condena en la cárcel, en su caso, con los términos y condiciones de la condena condicional impuesta.

Los acusados condenados por delitos graves y violentos pueden no ser elegibles para condena condicional.

Tipos de condena condicional concedida:

  • Condena condicional formal (condena condicional supervisada)
  • Condena condicional condicionada (condena condicional de la corte)

La condena condicional formal (o condena condicional supervisada) requiere que el acusado se reúna con un funcionario de condena condicional asignado de forma regular, normalmente una vez al mes.

La condena condicional condicionada (o condena condicional de la corte) requiere que el acusado cumpla ciertos términos de la condena y obedezca todas las leyes. Las reuniones programadas con un funcionario de condena condicional no son necesarias en la condena condicional condicionada.

Para todos los tipos de condena condicional, una condena por delito menor o delito mayor puede incluir alguna o todas las siguientes condiciones:

  • Condena condicional informal o formal
  • Tiempo en la cárcel del condado
  • Pagar las multas y las cuotas requeridas por estatuto
  • Pagar la restitución a la víctima
  • Participación en asesoramiento
  • Pruebas de drogas
  • Otros términos y condiciones apropiados al delito cometido

Duración de la condena condicional

Por lo general, la condena condicional (formal y condicionada) se concede por un periodo de tres a cinco años, pero puede variar en función de los cargos y las circunstancias del acusado.

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¿Cómo se contraviene la condena condicional?

La condena condicional puede contravenirse de muchas maneras. Los tipos más comunes de contravenciones de la condena condicional incluyen:

  • No pagar – cuando el acusado no paga las multas requeridas o la restitución a la víctima.
  • Incumplimiento – las condiciones de la condena condicional de un acusado pueden incluir completar un programa de alcohol ordenado por la corte, instalar un dispositivo de bloqueo de encendido o cumplir una condena en la cárcel del condado. Cuando el acusado no completa estos programas requeridos, puede producirse una contravención de la condena condicional.
  • Falta de comparecencia – muchos requisitos de la condena condicional incluyen una comparecencia programada en la corte para un informe de progreso. Cuando el acusado falta a la comparecencia requerida por la corte, puede producirse una contravención de la condena condicional.
  • No presentarse – la condena condicional puede exigir al acusado que se presente con un funcionario de condena condicional en fechas programadas. No presentarse cuando tiene que hacerlo puede dar lugar a una contravención de la condena condicional.
  • Posesión de sustancias ilegales – cuando el acusado posee armas o drogas ilegales, puede producirse una contravención de la condena condicional.
  • Comisión de delitos – obedecer todas las leyes es obligatorio durante la condena condicional. Cuando el acusado comete nuevos delitos durante el periodo de condena condicional, puede producirse una contravención de la misma.
  • Ser arrestado – independientemente de si se presenten cargos penales, cuando el acusado es arrestado durante el periodo de condena condicional, puede producirse una contravención de esta.
  • Otras condiciones – cualquier otro término y condición impuestos por el juez en el momento de la imposición de la condena y que el acusado no haya cumplido.

Cuando se contraviene la condena condicional

Las penas por una contravención de la condena condicional dependen de la gravedad de la contravención. En algunos casos, puede darse una segunda oportunidad y la contravención de la condena condicional no afecta los términos o condiciones originales de esta.

Cuando se produce una contravención de la condena condicional y la corte es informada de ello, el juez puede emitir una orden para el arresto del acusado. Poco después puede producirse el arresto o puede dictarse la comparecencia del acusado en la corte para una audiencia por contravención de la condena condicional. Hay varios factores que el juez y el fiscal usan al considerar una contravención de la condena condicional. Los ejemplos incluyen:

  • La gravedad de la contravención de la condena condicional
  • La naturaleza de la contravención de la condena condicional
  • El historial de contravenciones anteriores de la condena condicional
  • Nueva actividad delictiva en torno a la contravención de la condena condicional
  • Circunstancias agravantes y atenuantes de la contravención de la condena condicional
  • La opinión del funcionario de condena condicional o del Departamento de Condena Condicional sobre la contravención de la condena condicional
  • La contravención de la condena condicional con respecto al periodo de esta (si se produjo al principio, a la mitad o al final del periodo condicional)

Si hay pendiente una orden de arresto por una contravención de la condena condicional

  • Condena condicional condicionada – tiene que comunicarse con la oficina del secretario para programar una comparecencia en la corte.
  • Condena condicional formal – tiene que comunicarse con su funcionario de condena condicional o con su abogado.

Caso de delitos mayores

Si fue condenado por un delito mayor y puesto en condena condicional formal, tiene que comunicarse con su funcionario de condena condicional para presentar una solicitud de modificación de sentencia.

  • La condena condicional formal (condena condicional supervisada) requiere que el acusado se reúna periódicamente con un funcionario de condena condicional asignado para asegurar que el acusado complete y cumpla los términos y condiciones específicos de la condena y obedezca todas las leyes.

Caso de delitos menores

  • La condena (condena condicional negada) requiere que el acusado cumpla los términos impuestos en la condena.
  • La condena condicional condicionada requiere que el acusado complete y cumpla los términos y condiciones específicos de la condena y obedezca todas las leyes.

Si no cumple una condena de la corte, o los términos y condiciones de su condena condicional, puede emitirse una orden de arresto en su contra por incumplimiento de los términos de su condena. Si fue puesto en condena condicional, su condena condicional puede ser contravenida; a esta acción se le conoce como contravención de la condena condicional.

Cómo solicitar una modificación de condena/condena condicional

Una Solicitud de modificación de condena/condena condicional es un proceso para solicitar a la corte que modifique los términos de una condena, o los términos y condiciones de la condena condicional impuestos en la condena. Esta solicitud puede presentarse en cualquier momento después de que se haya producido la imposición de la condena original.

  1. Envíe un formulario de Solicitud de modificación de condena llenado a la oficina del secretario.
  2. Una vez revisada y aceptada por el secretario, la solicitud será enviada al juez para que la revise.
  3. Después de la revisión del juez, el secretario le notificará la decisión del juez:
    • Solicitud concedida;
    • Solicitud denegada, o
    • Tiene que comparecer en la corte para explicar con más detalle al juez su solicitud de modificación de condena.

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