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Consulta basada en hechos

Consulta basada en hechos

Cuando haya inquietudes sobre la seguridad de un menor o cuando parezca que la voz del menor debe ser escuchada, se puede pedir a las partes adultas del caso que hablen con el enlace de la corte de familia sobre participar en una consulta basada en hechos o una investigación de hechos (también llamadas FBI o FFI, por sus siglas en inglés). La autoridad para que la corte ordene estas investigaciones está en la sección 3183b del Código de Familia de California.

Información general sobre la consulta basada en hechos

  • Una FBI es una investigación hecha por el enlace de la corte de familia sobre alegaciones serias sobre seguridad o para obtener comentarios de los menores y reportarla a la corte.
  • Los hechos que el enlace encuentre durante la consulta no son confidenciales. Pueden ser reportados a la corte por escrito o verbalmente.
  • Las partes tienen que estar de acuerdo en la investigación para que la corte ordene una consulta basada en hechos.
  • El enlace de la corte de familia suele reunirse con las partes durante el proceso de la corte para determinar lo que se examinará y revisará en la investigación. A esto se le llama el "alcance" de la investigación.
  • El enlace de la corte de familia puede comunicarse con Servicios de Protección al Menor (CPS, por sus siglas en inglés) u otras agencias para obtener más información durante el proceso de la corte o puede hacerlo una vez que se haya ordenado la investigación.
  • La investigación podría incluir cualquiera de los siguientes, según el alcance definido de la investigación.
    • Entrevistas a cada padre, a otros familiares y a testigos
    • Revisión de las pruebas proporcionadas por las partes y del expediente de la corte
    • Resultados de pruebas de drogas o alcohol de las partes
    • Revisión de los hogares de los padres
    • Observación de los padres y los hijos juntos
    • Entrevistas a los menores
    • Contacto con otros profesionales (maestros, terapeutas, etc.)
  • El informe no evalúa a las partes, ni su plan de crianza, ni hace recomendaciones. El informe que redacta el enlace solo aporta hechos de un profesional neutral a la corte.
    • Hay una cuota por la investigación; el costo depende de la cantidad de trabajo y de los viajes involucrados. El juez determina qué parte de la cuota paga cada parte por la investigación y hace que la cuota de cada parte se incluya en la orden.
    • La FBI larga cuesta $700, en total.
    • La FBI corta cuesta $350, en total.
    • Las partes pueden solicitar planes de pagos si no pueden pagar todo el monto de una vez.
    • Las partes pagan la cuota a la corte (no al enlace). Las partes no contratan a un investigador privado.
    • La cuota corresponde al proceso de investigación. La investigación y el informe que se elabora son para información de la corte y no se hacen en nombre de ninguna de las partes.

Proceso de la consulta basada en hechos

  • En la audiencia, la corte pide a las partes que se reúnan con el enlace de la corte de familia.
  • Las partes se reúnen con el enlace, juntas o por separado (obligatorio en casos de violencia en el hogar a menos que la parte protegida renuncie a ello) y discuten sus inquietudes. A veces los abogados están presentes en la reunión con las partes, pero no siempre.
  • Las partes determinan si están de acuerdo en tener una consulta basada en hechos.
  • Las partes y el enlace deciden el alcance de la investigación.
  • Las partes pueden negociar un plan de crianza temporal durante su reunión.
  • El enlace se reúne con los abogados de las partes para revisar los acuerdos alcanzados durante la reunión.
  • Las partes, sus abogados y el enlace regresan a la corte para que el enlace informe del resultado de la sesión.
  • Si las partes están de acuerdo, se ordenará la FBI, el alcance de esta y la asignación del pago, y se fijará una nueva fecha de audiencia para revisar el informe.
  • Las partes recibirán un paquete de FBI para llenar:
    • El paquete puede entregarse a las partes en formularios impresos en la corte
    • El paquete puede enviarse por correo electrónico a las partes en formato PDF para llenar
    • Las partes pueden dirigirse al sitio web de la corte para obtener un enlace al paquete
  • El enlace recibe los paquetes llenados de las partes.
  • El enlace se comunica con las partes e investiga.
  • El enlace envía un informe al secretario de Servicios de la corte de familia (FCS, por sus siglas en inglés) para su procesamiento.
  • Las partes reciben una copia del informe por correo electrónico o en persona antes de la fecha de la corte de revisión/audiencia
  • Las partes asisten a una audiencia para revisar el informe de la FBI

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