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Pautas del plan de crianza

Pautas del plan de crianza e inquietudes sobre la seguridad de los menores

Comunicación entre los padres

A menos que haya órdenes de restricción que impidan a los padres comunicarse, estos deben hablar de sus inquietudes sobre la seguridad de sus hijos y de cómo están trabajando para reducir el riesgo de que los hijos sufran daños. En general, un padre no puede denegar al otro su tiempo de crianza basándose en la creencia subjetiva de que el otro padre no está protegiendo a los hijos lo suficientemente bien.

No deniegue al otro padre su tiempo de crianza

Se considera que los padres son aptos para cuidar de sus hijos y tomar las decisiones cotidianas de la crianza a menos que una corte haya decidido lo contrario. El cuidado cotidiano incluye seguir las regulaciones de salud y seguridad, proporcionar ropa, alimentos y refugio adecuados, y atender las necesidades del hijo.

Opciones cuando uno de los padres no cumple las órdenes de la corte

Si necesita cambiar el plan de crianza existente porque usted y el otro padre no pueden ponerse de acuerdo sobre los cambios necesarios, la corte de familia ofrece audiencias y mediación sobre custodia de los hijos en persona, o por teléfono o video. Si tiene pruebas de que hay una amenaza inmediata para la salud o la seguridad de un hijo, puede solicitar a la corte órdenes de emergencia.

Nuestros equipos de primera respuesta (alguacil, policía, bomberos, técnicos en emergencias médicas (EMT, por sus siglas en inglés)) están proporcionando apoyo a las amenazas graves de daño y seguridad, y tienen que estar disponibles para las verdaderas emergencias. Así que no llame a los equipos de primera respuesta en relación con el cumplimiento de órdenes de custodia de los hijos a menos que exista un problema de seguridad inmediato y significativo.

 

SI SUS HIJOS ESTÁN EN PELIGRO DE SER MALTRATADOS, DESCUIDADOS O EXPUESTOS A VIOLENCIA, TIENE RECURSOS A SU DISPOSICIÓN PARA AYUDARLE

Las agencias del orden público o Servicios de Protección de Menores:

CUMPLIMIENTO DE LA LEY LOCAL:

Si un menor está en peligro inmediato o si usted cree que se cometió un delito, LLAME al 911 inmediatamente.

  • Si vive dentro de los límites de la ciudad, llame al Departamento de Policía de su ciudad.
  • Oficina del alguacil del condado de Monterey:

Salinas (831) 755-5111                                 Monterey (831) 647-7911                                King City (831) 385-8311

SERVICIOS DE PROTECCIÓN DE MENORES:

  • Servicios de Protección de Menores (CPS, por sus siglas en inglés) del condado de Monterey: línea directa las 24 horas (800) 606-6618 o (831) 755-4611

 

Ordenes de restricción para proteger a los menores:

ASOCIACIÓN CRISTIANA DE MUJERES JÓVENES (YWCA, por sus siglas en inglés) DEL CONDADO DE MONTEREY:

Teléfono: Principal: (831) 422-8602             Línea de crisis (24/7): (831) 372-6300 o (831) 757-1001

Correo electrónico:           info@ywcamc.org                   Dirección:              11 Quail Run Circle, Salinas, CA 93901

CENTRO DE AYUDA DE LA CORTE SUPERIOR DEL CONDADO DE MONTEREY:

Teléfono/Correo electrónico: (831) 647-5800, ext. 3005 y SelfHelpCenter@monterey.courts.ca.gov

En persona:

  • Corte de Monterey: 1200 Aguajito Rd.     Horario de atención:  De lunes a viernes:     de 9:00 a. m. a 4:00 p. m.
  • Corte de Salinas: 118 West Gabilan St.    Horario de atención:   Lunes:                      de 9:00 a. m. a 3:00 p. m.

                                                                                                        Martes:                     Solo con cita previa

                                                                                                        Miércoles:               de 9:00 a. m. a 3:00 p. m.

                                                                                                        Jueves:                   CERRADO

                                                                                                        Viernes:                         Solo con cita previa

  • Corte de King City: 250 Franciscan Way    Horario de atención:   2.º y 4.º martes de cada mes: De 9:00 a. m. a 3:00 p. m.

Recursos adicionales:

  • Comuníquese con Servicios de la corte de familia de la Corte Superior del condado de Monterey (Mediación de custodia de los hijos):
    • Teléfono/Correo electrónico:   (831) 647-5891 y FCS@monterey.courts.ca.gov
    • Dirección:                      1200 Aguajito Road, 3.er piso, sala 303, Monterey, CA 93940
    • Horario de atención:                          De lunes a viernes de 8:00 a. m. a 4:00 p. m.
    • Hay servicios de mediación disponibles para ayudar a crear o cambiar un plan de crianza. El profesional neutral asignado a su caso también puede hablar de cualquier inquietud relacionada con sus hijos y ayudarle con las remisiones apropiadas. Tenga en cuenta que estos profesionales son denunciantes obligatorios del maltrato/descuido de menores y pueden estar obligados a reportar a CPS el presunto maltrato/descuido.
  • Hable con un abogado: Servicio de Remisión a Abogados del Colegio de Abogados del condado de Monterey: (831) 582-5400.
  • Comuníquese con Servicios para Familias y Menores del condado de Monterey: www.f2fmc.org/resources/community-resources/
  • Obtenga los formularios de la corte: sitio web de ayuda de California:  www.courts.ca.gov/selfhelp

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